17 febrero 2009

MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES Decreto 337/08 Vigente desde 01/03/2008

MATERNIDAD VALOR GENERAL
Sin tope remunerativo Remuneración Bruta
NACIMIENTO
Entre $100 y $4000.- $400.-
ADOPCION
Entre $100 y $4000.- $2400.-
MATRIMONIO
Entre $100 y $4000.- $600.-
PRENATAL
Entre $100 y $2000.- $100.-
Entre $2001 y $3000.- $75.-
Entre $3001 y $4000.- $50.-
HIJO
Entre $100 y $2000.- $100.-
Entre $2001 y $3000.- $75.-
Entre $3001 y $4000.- $50.-
HIJO CON DISCAPACIDAD
Hasta $2000.- $400.-
Entre $2001 y $3000.- $300.-
Superior a $3000.- $200.-
AYUDA ESCOLAR ANUAL
Entre $100 y $4000.- $170.-
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA
HIJO CON DISCAPACIDAD
Sin tope remuneratorio $170.-

NUEVA OPCION PARA TRAMITAR EL COBRO DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES

Anses pone a disposición de los trabajadores que perciben asignaciones familiares a través de SUAF, una herramienta para informar, modificar el lugar o medio de pago a través del cual percibir las mismas.
A través de la página web de ANSES, se encuentra ubicada en la Autopista de Servicios.
El trabajador para acceder deberá contar con su Clave de Seguridad Social, la cual también será útil para ingresar a otras aplicaciones del sitio.
Este servicio sirve para los trabajadores que ya están cobrando sus asignaciones familiares a través de una cuenta bancaria propia, una cuenta sueldo o por ventanilla de una entidad bancaria, como para aquellos que percibirán sus asignaciones por primera vez.
Para realizar el trámite, deberán ingresar el domicilio y código postal de su domicilio o de la empresa (lo que resulta más conveniente), y se les asignará automáticamente el nuevo domicilio o bien ingresar la CBU (Clave Bancaria Uniforme) donde Anses transferirá el monto que le corresponda de percibir en concepto de asignaciones familiares. Las asignaciones familiares que se cobrán a través de esta modalidad son: Ayuda Escolar, Hijo/Hijo con Discapacidad, Prenatal y Maternidad.

PAGO AYUDA ESCOLAR

Se pagará a partir del mes de febrero a todos los trabajadores en relación de dependencia, beneficiarios de ART, beneficiarios de la Prestación por Desempleo y jubilados y pensionados, que tengan derecho al cobro de la asignación por hijo o hijo con discapacidad.
Trabajadores de empresas incorporadas al SUAF, en los meses de MARZO Y ABRIL.
Jubilados y Pensionados: haberes de FEBRERO.
Beneficiarios Prestación por Desempleo: cuota correspondiente a FEBRERO.
Trabajadores que cobran a través de sus empleadores: con haberes mensual FEBRERO.
El importe de la asignación familiar es de $ 170.- y varía de acuerdo a donde el trabajador en relación de dependencia desarrolle su actividad.
El COBRO de la asignación es AUTOMATICO, y no hay necesidad de presentar certificado escolar, para aquellos trabajadores cuyos empleadores estén incluídos en SUAF, beneficiarios de Prestació por Desempleo, Jubilados y Pensionados.
Los beneficiarios que no hayan percibido este pago automático, deberán presentar el certificado de inicio del ciclo lectivo en ANSES, dentro de los 120 días de comenzado dicho ciclo.