18 mayo 2012

Legajo de Conducta de los empleados... Proyecto "Derecho al Olvido"...

Hay una iniciativa que tuvo dictamen favorable en la comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados para introducir un nuevo artículo a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) en donde se estipula que una vez transcurridos 12 meses o 1 año de aplicada una sanción disciplinaria, la misma no podrá tener efecto; es decir que "se borrarán" de los legajos todas las sanciones que "superen dicho lapso". Este proyecto fue presentado por legisladores oficialistas: Juan Salim y Héctor Recarte. La norma no pudo tratarse en el recinto dado que el año pasado la mayoría era opositora.
Se pretende incorporar el artículo 68 bis a la LCT. El mismo señala que "transcurridos 12 meses de la aplicación de la sanción disciplinaria, no se la podrá tener en cuenta a ningún efecto"
Recordemos que en la actualidad, el empleador de acuerdo a la ley en vigencia puede aplicar medidas o sanciones disciplinarias de acuerdo  a la falta o incumplimiento por parte del trabajador. También dentro de los 30 días en que se notificó la medida, el trabajador puede cuestionar su procedencia o extensión, sino la cuestiona se entiende que está consentida dicha falta. Se excluye abuso al derecho y se respeta la dignidad y derechos del trabajador. Tampoco se pueden aplicar sanciones que modifiquen el contrato de trabajo.
Considerándolo bajo estos términos esto "nivela hacia abajo"