17 febrero 2009

PAGO AYUDA ESCOLAR

Se pagará a partir del mes de febrero a todos los trabajadores en relación de dependencia, beneficiarios de ART, beneficiarios de la Prestación por Desempleo y jubilados y pensionados, que tengan derecho al cobro de la asignación por hijo o hijo con discapacidad.
Trabajadores de empresas incorporadas al SUAF, en los meses de MARZO Y ABRIL.
Jubilados y Pensionados: haberes de FEBRERO.
Beneficiarios Prestación por Desempleo: cuota correspondiente a FEBRERO.
Trabajadores que cobran a través de sus empleadores: con haberes mensual FEBRERO.
El importe de la asignación familiar es de $ 170.- y varía de acuerdo a donde el trabajador en relación de dependencia desarrolle su actividad.
El COBRO de la asignación es AUTOMATICO, y no hay necesidad de presentar certificado escolar, para aquellos trabajadores cuyos empleadores estén incluídos en SUAF, beneficiarios de Prestació por Desempleo, Jubilados y Pensionados.
Los beneficiarios que no hayan percibido este pago automático, deberán presentar el certificado de inicio del ciclo lectivo en ANSES, dentro de los 120 días de comenzado dicho ciclo.

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